miércoles, 19 de noviembre de 2008

Granjeros echan desechos a ríos y los contaminan



No se trata de dañar la imagen de importantes empresas en la región San Martín, como deslizó la representante de una de estas, que criticamos por haber botado basura en la cuenca del río Shilcayo. Es exigirle responsabilidad y respeto a la población, ya que sus ganancias derivan de nuestro consumo.

Sucede que desde hace ya algún tiempo (por lo menos dos años de acuerdo a lo que pudimos comprobar en un artículo publicado en aquel entonces por el diario Voces), la empresa Don Pollo, reconocida a nivel nacional, viene echando los desperdicios provenientes de sus granjas sobre la quebrada Marona (ubicada aproximadamente a la altura del kilómetro 8 de la carretera a Yurimaguas), la misma que desemboca en el Ahuashiyacu, que a su vez desemboca en el río Cumbaza.

Así lo pudimos comprobar ayer en una visita de campo, en donde además de observar el cauce de una quebrada con aguas pútridas, pudimos percibir los hedores provenientes de estas aguas en los alrededores, los mismos que son insoportables al extremo, algo que sin duda afecta el potencial turístico de la zona.

Pero no es solo eso. El área en la que vienen echando los desperdicios, es zona de amortiguamiento de la Cordillera Escalera.

Según nos explicó el jefe de la Estación Experimental Ahuashiyacu, Víctor Pérez Quevedo, existe el riesgo de una contaminación por parásitos en los peces, como consecuencia de la irresponsabilidad de Don Pollo. «Los parásitos en la fase de quiste pueden ser comidos por los peces, los que si bien es cierto no los enferman, pueden trasladarlos hasta llegar a quien pueda hospedarlo, lo que podría suceder en un consumidor potencial de pescados», refirió.

Agregó además que la contaminación que ocasionan estas aguas podrían afectar la producción de larvas y alevinos, no obstante agregó que felizmente aquello no pasa en la actualidad.

Asimismo Carlos Gonzales, propietario de Puerto Palmeras, señaló que en las noches los olores que emana la quebrada Ahuashiyacu (que queda a un lado de su hotel), le generan muchos problemas: Son simplemente insoportables y, para colmo, quedan cerca a su comedor. Ya se imagina usted las críticas de los turistas. Sin duda, esta irresponsabilidad trae cola y arrastra incluso a autoridades.

Kike Flores: Tienen ¡4 meses!
Una respuesta que no esperábamos, más aun tratándose de una autoridad representativa de un movimiento político que tuvo entre sus principales postulados la conservación del medio ambiente.

Enrique Flores Pinedo, alcalde de La Banda de Shilcayo nos informó que le habían dado cuatro meses a la empresa Don Pollo para que solucione los problemas que viene ocasionando en esta parte del área de amortiguamiento de la Cordillera Escalera. «En el mes de marzo deben culminar sus pozas de oxidación», refirió. El alcalde dijo incluso que habían ordenanzas para multar a las empresas que contravengan las normas del medio ambiente. A pesar de lo señalado por Enrique Flores, Wilmer Archenti Viena nos revela un hecho que evidencia la carta blanca para la contaminación existente en muchos municipios de la región: esta empresa no había sido multada en ninguna ocasión.

Conversamos con el representante de Don Pollo, Linder Sánchez, quien manifestó que no existe una contaminación importante porque las aguas se limpian en su transcurso por los cuerpos de agua. Asimismo manifestó que ellos son una de las pocas empresas que con responsabilidad social vienen adaptándose a las exigencias del municipio... ¿¿pero por qué si son tan responsables, no lo hicieron antes?? (LQB)


Apliquen el Código Penal:

Artículo 304°.- Contaminación. Responsabilidad Culposa
El que, infringiendo las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.

Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez a treinta jornadas.

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